Según lo señalado por la seremi de la cartera, “el cumplimiento de la Ley 20.828 establece que los trabajadores del gran comercio como el retail, así como también del detallista, deben cerrar sus puertas el 25 de diciembre y el 1 de enero también, ya que son días para el reencuentro de los trabajadores con sus propias familias y para el descanso. Hoy, 24 de diciembre tienen un tope de horario, deben cerrar a más tardar entre las 19 y 20 horas, bajar sus cortinas, fecha que incorpora también a las trabajadoras de casa particular, a partir de la implementación completa de la Ley. 20.786, también ellas son beneficiarias de este derecho”, indicando además que, ambos avances fueron cumplidos bajo el programa de gobierno de la Nueva Mayoría.
Junto con recordar a los empleadores que estos feriados irrenunciables para los trabajadores del comercio no se pueden considerar como parte de sus descansos semanales, sino como días adicionales, la autoridad laboral recordó que la ley permite algunas excepciones para la actividad comercial, en ciertas actividades que por sus características podrán abrir sus puertas durante ambos feriados.
“Mañana estarán abiertos sólo los negocios de barrio, también están autorizados para abrir las farmacias de turno, las gasolineras, lo que es la entretención, eso va a estar garantizado como servicios mañana; los restaurantes, pubs, discotecas, cines y casinos que sí tienen autorización para abrir”, reconociendo que durante los últimos años, ha existido mayor disposición de los empleadores para cumplir con la ley, esperando que estos positivos indicadores se extiendan con la incorporación de las asesoras del hogar a esta normativa.
“Durante estos dos últimos años, podemos decir que hay una buena recepción; hay una disposición del empleador a asumir estas fechas. Esperamos que en el caso de las trabajadoras de casa particular que también adquieren este derecho, no tengamos dificultades, pero podemos decir que en nuestra región esto sí se cumple”, afirmó.
Desde la Dirección Regional del Trabajo, la Coordinadora de Relaciones Laborales, Ángela Blanca, mencionó que la entidad está abocada en un programa de reforzamiento de la ley durante los feriados irrenunciables. “La norma dice que a partir de las 20 horas no puede haber ningún trabajador en los establecimientos de comercio, por tanto el llamado a los empleadores es a cumplir con la norma, por cuanto todos los trabajadores también tienen derecho a compartir con sus familias en un día como hoy”, agregando que “antes, el día 25 era jornada ordinaria para los trabajadores de servicentros, de panaderías. Hoy día, ellos tienen un recargo de un 30% por cada domingo y festivo trabajado, adicionalmente del día compensatorio que la ley le obliga a otorgar”.
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