Para quienes deban cumplir con turnos laborales este domingo 23 de
octubre, la ley les permite ausentarse por un plazo de dos horas para ejercer
su derecho a voto.
En el caso del comercio, deberán cerrar sus puertas sólo aquellos
locales que estén bajo una misma administración o razón social, a partir de las
21 horas del sábado 22.
Con motivo de facilitar el derecho a sufragar durante las elecciones
municipales que se realizarán este domingo 23 de octubre en todo el país, la
Seremi del Trabajo y Previsión Social, Karen Medina, extendió el llamado a
todos los empleadores de la región, para que otorguen todas las facilidades a
los trabajadores que deseen cumplir con su rol cívico y puedan asistir a los
centros de votación sin inconvenientes.
En este caso, el artículo 155 de la Ley N° 18.700, indica que “ninguna
autoridad o empleador podrá exigir servicio o trabajo alguno que impida votar a
los electores”, de manera que los trabajadores contarán con un plazo de hasta 2
horas para ausentarse de sus turnos de trabajo y poder cumplir así con este
ejercicio cívico.
Al respecto, la Seremi Karen Medina reiteró que “todo trabajador o
trabajadora que deba cumplir turno el día domingo, tiene derecho a ausentarse
por lo menos dos horas para ir a sufragar. Asimismo, aquellos que hayan sido
designados vocales de mesa, tendrán que contar con el permiso de sus
empleadores, quienes deberán permitir que ellos cumplan con su labor cívica,
sin descuento de sus remuneraciones. Con esto hacemos un llamado a la buena
práctica laboral del empleador, a garantizar el derecho de los trabajadores que
tengan que cumplir con su turno, puedan también acceder a un importante
compromiso ciudadano”.
Malles y centros comerciales cerrarán desde el sábado
En el caso del comercio, al igual como ocurrió en las comunas donde se
efectuaron las elecciones primarias este año, la autoridad laboral agregó que
“sólo cierran aquellos locales que están bajo la figura de una misma
administración, como por ejemplo, los malles, y estos deberán cerrar a más
tardar, a las 21 horas del día sábado 22, y deberán permanecer cerrados hasta
las 6 de la madrugada del lunes 24”. Esto implica que sólo los locales que
se encuentren al interior de centros comerciales y bajo una misma
administración o razón social, deberán cerrar sus puertas, situación que
afectará a los malles, strip center, o supermercados y farmacias, si es que
estuvieran dentro de uno de estos recintos.
Además, se debe recordar que este domingo 23 de octubre no se considera
como feriado irrenunciable para los trabajadores del comercio, por lo que sólo
la norma afectará a los trabajadores de locales circunscritos al interior de
los recintos ya descritos.
Permisos y sanciones
Respecto a los permisos para ir a votar este domingo de elecciones, se
recuerda a los empleadores que éste debe otorgarse sin ningún tipo de descuento
en sus remuneraciones, mientras que la sanción en caso de no dar las facilidades
para su cumplimiento fluctúan entre las 9, 30 y 40 UTM, dependiendo si la
empresa tiene hasta 50, 199, o más de 200 trabajadores (Valor UTM: 45.999
pesos).
La misma sanción se establece para aquellos trabajadores que hayan sido
designados como vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados
de la Junta Electoral, cuyos empleadores también arriesgan multas de 9, 30 y 40
UTM, en caso de no cumplir con la norma.
En cuanto a las multas del comercio, se establecen según corresponda:
-No otorgar el descanso previsto: Se considera como infracción gravísima
y las multas varían entre 10, 40 y 60 UTM, dependiendo si la empresa tiene
hasta 49, 199, o más de 200 trabajadores.
-Iniciar el descanso después de las 21 horas del día anterior:
Infracción gravísima, con multas de entre 10, 40 y 60 UTM, dependiendo si la
empresa tiene hasta 49, 199, o más de 200 trabajadores.
-No finalizar las labores realizadas el día anterior a un día de
descanso y a más tardar a las 00 horas: Esta norma rige, generalmente, para los
trabajadores de hoteles o similares. Multas de 10, 40 y 60 UTM bajo los mismos
parámetros anteriores.
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