miércoles, 22 de julio de 2015

A $241 mil aumenta el salario mínimos desde el mes de julio

A contar del pasado 1 de julio, el salario mínimo comenzó a incrementar las remuneraciones  de los trabajadores del país, de 225 mil a 241 mil pesos, según lo dispuesto en la Ley N° 20.763, monto que se verá reflejado en las colillas de pago y liquidaciones de sueldo a cancelarse a contar de fin de mes, beneficiando a todos quienes reciben retribución mínima por sus actividades laborales.

De esta manera, el gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet cumple con su objetivo de ir incrementando de forma gradual el salario de miles de trabajadores, modificaciones que se hicieron efectivas a partir de 2014, cuando se estableció el piso mínimo de 225 mil pesos, y que a partir del presente mes continuará su aumento hasta llegar a los 250 mil pesos, a partir del próximo año.

Ante esta buena noticia, la Seremi del Trabajo y Previsión Social, Karen Medina, destacó que dicha iniciativa se estableció a partir de un acuerdo entre el Gobierno y la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), fijado durante el año pasado, y que se evidencia en un nuevo aumento progresivo del salario mínimo nacional, que en dos años ha tenido su segundo incremento significativo.

“Eso hoy día, se evidencia a partir de un nuevo aumento el 1 de julio, que dice que del actual del ingreso mínimo mensual, se debe aumentar y reflejar en la liquidación de sueldo de este mes, con un monto de 241 mil pesos, y cabe recordar que a partir del 1 de enero de 2016, el ingreso mínimo vuelve a subir y tendrá un valor de 250 mil pesos”, aclaró la máxima autoridad laboral en la región.

Cabe destacar además, que dicho incremento salarial también afectará a los pensionados y los menores de 18 años que trabajan, ya que sus ingresos aumentarán a 179 mil 912 pesos a contar del 1 de Julio, y a 186 mil 631, a contar de enero de 2016.

Además, este nuevo ingreso salarial tendrá su incremento a su vez, en quienes se desempeñen a través de jornada parcial, el cual se aplicará sobre la base de un cálculo proporcional al tiempo de trabajo que cumplen. En el caso de no cumplirse con esta normativa, los afectados podrán elevar su requerimiento respectivo ante la Dirección del Trabajo.

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