Al
respecto, la seremi Minvu, Evelyn Mansilla, destacó que, “el llamado está
dirigido a los propietarios para que exijan esta mantención, y a los
administradores para que busquen a las empresas instaladoras, mantenedoras y
certificadoras, que están inscritas en los registros del Minvu, para que
realicen las mantenciones mensuales exigidas en la normativa”.
“Queremos
contarles a las familias de la región que la exigencia de certificar los
ascensores y otras instalaciones similares comenzó a partir de marzo de 2017,
por lo tanto, todos los ascensores deben contener el sello verde que acredita
que el ascensor al cual usted se está subiendo, es un ascensor de calidad y que
esta con sus mantenciones al día”, sostuvo la seremi.
Al
respecto el Director regional de Serviu, Tomás Ochoa, manifestó que, “es un
importante avance que exista esta ley, porque antes los ascensores se mantenían
y no se mantenían en función de la voluntad de los propietarios. Hoy día la ley
obliga a los propietarios de los edificios a certificar que sus ascensores
estén adecuadamente mantenidos; esta obligación para las viviendas particulares
es cada 2 años y en el caso de los edificios de uso público y oficinas se
realiza anualmente. Lo que buscamos con esto es que las personas que ocupan los
ascensores sepan que este se encuentra certificado, que es un sistema seguro y
nos permite darle la tranquilidad a todas las personas que habitan un edificio con
estos equipos de transporte”.
En caso de incumplimiento de las
obligaciones derivadas de la ley, tanto respecto a la mantención como a la
certificación, se aplicará multa que va entre 50 y 150 UF ($1.389.600 -
$4.168.800) en contra del propietario, siendo los Juzgados de Policía Local los
tribunales que conozcan estas causas.
De acuerdo a lo explicado por la
seremi, Evelyn Mansilla, respecto a las empresas instaladoras, mantenedoras y
certificadoras, la ley 20.296 establece las siguientes sanciones, “en caso de
infracciones graves arriesgan suspensión de hasta 1 año del Registro de
Instaladores, mantenedores y certificadores y una multa de 100 UF, vale decir,
$2.795.300, y en el caso de infracciones gravísimas se considerará la eliminación
del Registro de Instaladores, mantenedores y certificadores y una multa de 150
UF, vale decir, $4.192.950”.
QUÉ SE REVISA EN UN
ASCENSOR
1.
Sistema de suspensión (poleas y cables)
2.
Sistema de protección contra el movimiento descontrolado
de la cabina (limitador de velocidad, dispositivo paracaídas)
3.
Sistema de emergencia (factibilidad para
maniobra de rescate)
4.
Condiciones de cabina y acceso a ella (puertas
de piso y cabina, iluminación, controles, protección a usuarios frente al
cierre de puertas, entre otros)
5.
Elementos que aseguran el trayecto del ascensor
(rieles guía, contrapeso, amortiguadores, dispositivo de fin de recorrido)
6.
Sala de máquinas (donde van los equipos, como el
motor)
7.
Sistema eléctrico (dispositivos de detención,
auxilio, control, etc.)
8.
Chequeo y realización de pruebas de seguridad.
No hay comentarios:
Publicar un comentario